La seguridad en farmacias es fundamental no solo para proteger el stock y el efectivo, sino también para cumplir con la normativa de seguridad vigente. Desde junio de 2024, el grado 3 se convierte en el estándar obligatorio para sistemas de seguridad conectados a una CRA en farmacias en España. En este artículo te contamos todo lo que necesitas saber para estar al día y cumplir con la ley.
Aplicación obligatoria del grado 3 en farmacias
El 6 de junio de 2024, la Secretaría General Técnica del Ministerio del Interior publicó un informe en respuesta a la consulta de la Asociación Española de Compañías de Seguridad (AECRA). Este documento confirma que todas las farmacias que instalen un sistema de seguridad conectado a una Central Receptora de Alarmas (CRA) deben cumplir con los requisitos del grado 3, conforme a la norma UNE-EN 50131-1 y la Orden INT/316/2011.
Este criterio, recogido desde hace años en la normativa de seguridad para farmacias, pasa a ser de aplicación obligatoria según la última interpretación oficial.
¿Qué ocurre con los sistemas instalados antes de junio de 2024?
Si tu farmacia dispone de un sistema de grado 2 instalado antes del 6 de junio de 2024, podrás seguir utilizándolo hasta el final de su vida útil.
Sin embargo, si decides realizar reformas estructurales o sustituir el sistema, el nuevo equipo deberá cumplir obligatoriamente con el grado 3 según la normativa vigente.

¿Qué ocurre con los sistemas instalados antes de junio de 2024?
Verifica tu sistema actual
Comprueba si tu sistema de seguridad está conectado a una CRA y si cumple con el grado 3.
Actualiza si haces reformas o sustituciones
Si renuevas tu sistema de alarma o realizas cambios importantes, asegúrate de instalar un sistema homologado de grado 3.
Consulta con instaladores homologados
Acude siempre a empresas autorizadas y especialistas en sistemas de seguridad para farmacias que cumplan con la normativa ([enlace a tu página de servicios o contacto]).
Infórmate sobre la normativa aplicable
Mantente actualizado consultando fuentes oficiales como la Orden INT/316/2011 (enlace al BOE) y la norma UNE-EN 50131-1.
Referencias normativas clave
Orden INT/316/2011: regula los grados de los sistemas de seguridad conectados a CRA.
UNE-EN 50131-1: norma técnica que detalla los requisitos de los sistemas de seguridad de grado 3.
Ministerio del Interior: organismo que emitió el informe del 6 de junio de 2024 (ver nota oficial).
Si lo desea, puede solicitar más información a través de el siguiente formulario

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